Aprobado el nuevo impuesto que gravará inmuebles, vehículos de lujo, joyas y antigüedades de las personas jurídicas en Cataluña.

En concreto, el impuesto grabará bienes inmuebles, vehículos de motor de potencia igual o superior a doscientos caballos, embarcaciones de recreo de ocho metros de eslora o más, aeronaves, objetos de arte, antigüedades y joyas. Según la propuesta, la base imponible se calcula sumando el valor de todos los activos no productivos. El impuesto no tiene mínimos exentos, el tipo aplicable es progresivo y del 0,21 hasta el 2,75 por ciento. Este año el importe del impuesto computará a partir del 30 de junio, y el resto de ejercicios, desde el 1 de enero. Fuente: Síntesis

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *